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¿Puedo comprar una VPO si ya tengo otra vivienda?

¿Puedo comprar una VPO si ya tengo otra vivienda?

Depende, pero la regla general lo prohíbe. En la Comunidad de Madrid, para comprar VPO teniendo vivienda es necesario acreditar que el inmueble actual resulta inadecuado por dimensiones, falta de accesibilidad o cambio en la situación familiar, o asumir el compromiso formal de venderlo. Existen excepciones legales específicas reguladas por la normativa autonómica.

Normativa de vivienda protegida en la Comunidad de Madrid

La legislación reguladora de las Viviendas con Protección Pública (VPP) en la Comunidad de Madrid establece como principio fundamental que estos inmuebles deben destinarse a residencia habitual y permanente de personas que carezcan de una vivienda libre o protegida. Sin embargo, el marco legal autonómico contempla supuestos concretos en los que una persona o unidad familiar que ostenta la propiedad de un inmueble puede acceder a la compra de una VPO.

El objetivo central de esta regulación es priorizar el acceso al suelo y a la vivienda subvencionada a quienes realmente lo necesitan, evitando situaciones de especulación inmobiliaria. Por este motivo, para ejercitar la compra siendo titular residencial, es imprescindible justificar documentalmente que el inmueble previo no satisface las necesidades básicas de habitabilidad o que existe un compromiso firme de transmitirlo.

Excepciones legales para comprar VPO teniendo vivienda

Para que la administración autonómica competente en materia de vivienda autorice la adquisición o el visado del contrato de compraventa, el comprador debe encajar en alguna de las siguientes situaciones contempladas por la ley:

  • Inadecuación por superficie: Ocurre cuando la vivienda actual resulta pequeña en relación con el número de miembros que integran la unidad familiar. Si la superficie útil por persona no alcanza los mínimos fijados por la normativa de la Comunidad de Madrid, el inmueble se considera insuficientemente dimensionado.
  • Problemas de accesibilidad: Cuando algún miembro de la unidad familiar padece una discapacidad grave o movilidad reducida y la vivienda actual no reúne las condiciones de accesibilidad necesarias ni es técnicamente posible realizar las reformas de adaptación requeridas.
  • Separación matrimonial o divorcio: En casos de nulidad, separación o divorcio, si el cónyuge propietario ha sido privado del uso y disfrute de la vivienda familiar por atribución judicial al otro cónyuge o a los hijos, se le faculta para acceder a una vivienda protegida.
  • Titularidad parcial por herencia: Poseer una cuota de propiedad indivisa sobre una vivienda mediante transmisión mortis causa (herencia o legado) no invalida la compra de una VPO, siempre que la participación no supere el porcentaje fijado por la administración o no otorgue el uso exclusivo del inmueble.
  • Compromiso expreso de venta: Es posible firmar el contrato privado de una VPO teniendo otra propiedad, siempre que el comprador se comprometa formalmente a vender o transmitir su vivienda previa antes de la escritura pública de compraventa o en el plazo máximo estipulado por la Consejería.

Tipos de vivienda protegida en Madrid y su acceso

En el territorio madrileño coexisten diferentes tipologías de vivienda protegida, siendo las más habituales la Vivienda de Protección Pública Básica (VPPB) y la Vivienda de Protección Pública de Precio Limitado (VPPL). Aunque ambas comparten la exigencia de destinar el inmueble a domicilio habitual, los requisitos de ingresos máximos y el rigor en la comprobación del patrimonio previo pueden variar según el tipo de promoción o si se trata de primera o segunda transmisión.

En las segundas transmisiones de VPO libremente promocionadas, las condiciones para la transmisión pueden flexibilizarse, aunque sigue siendo preceptivo comprobar si la vivienda mantiene vigente su régimen de protección pública y el precio máximo de venta fijado legalmente por la administración.

Financiación e impacto en el préstamo hipotecario

Adquirir una vivienda protegida conservando temporalmente otra propiedad plantea retos específicos en el plano financiero. Las entidades bancarias analizan con detalle la capacidad de pago del solicitante cuando existen dos cargas hipotecarias simultáneas o cuando se requiere una operación puente para cancelar la deuda previa.

Contar con la asistencia de intermediarios de crédito inmobiliario resulta fundamental para estructurar la financiación de manera óptima. Estos profesionales ayudan a evaluar el porcentaje de endeudamiento, negociar condiciones adaptadas a las exigencias de la hipoteca protegida y coordinar los plazos de venta del inmueble antiguo con la concesión de la nueva hipoteca.

Pasos administrativos para gestionar la compra

Para llevar a cabo el proceso de compra de una VPO en la Comunidad de Madrid si se cuenta con una propiedad previa, es recomendable seguir este procedimiento:

  1. Acreditación registral: Solicitar una nota simple y una certificación de bienes en el Registro de la Propiedad para verificar la titularidad exacta y las cargas de la vivienda actual.
  2. Recopilación de pruebas: Reunir los documentos que certifiquen la causa de excepción, como libro de familia, informes de discapacidad, dictámenes técnicos de habitabilidad o sentencias judiciales de divorcio.
  3. Presentación de la solicitud: Registrar la documentación ante la Consejería de Vivienda de la Comunidad de Madrid para solicitar el reconocimiento del supuesto especial o la autorización de compra.
  4. Firma del compromiso de transmisión: Si procede, formalizar ante notario o la administración el compromiso de enajenar la vivienda previa en el plazo legalmente establecido.
  5. Visado del contrato: Presentar el contrato privado de compraventa de la VPO para obtener el visado administrativo obligatorio antes de elevar la compra a escritura pública.