Questions fréquentes

¿Se puede pagar una vivienda en efectivo?

En la práctica, casi nunca todo el precio se paga en efectivo. La Ley 7/2012, modificada entre otras por la Ley 11/2021, impone límites estrictos a los pagos en metálico cuando interviene un empresario o profesional, y exige medios trazables en compraventas de inmuebles. Además, notaría y prevención de blanqueo presionan a documentar el origen de fondos.

Límites legales al efectivo

La normativa anti fraude fiscal limita pagos en efectivo entre sujetos cuando al menos uno actúa como empresario o profesional en la operación. Los importes concretos y supuestos deben contrastarse en la normativa vigente y en la AEAT; no uses cantidades memorizadas de foros sin verificar.

Entre particulares también existen restricciones y obligaciones de información en operaciones de cierto volumen. El criterio práctico del mercado: precio en cheque bancario, transferencia o ingreso en notaría.

Por qué el notario preguntará por el origen de fondos

La Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales obliga a sujetos obligados, incluidos notarios, a diligencias sobre procedencia del dinero. Pagos fraccionados en efectivo o por debajo del precio declarado generan riesgo penal y fiscal para ambas partes.

Arras en efectivo: mala idea

Entregar señal en metálico sin trazabilidad dificulta reclamar si la operación falla. Mejor transferencia con concepto claro o depósito en notaría según recomiende tu asesor.

Comprador extranjero y cuentas

Quien compra desde el extranjero suele necesitar cuenta en entidad española o mecanismo acordado con el banco para traer divisas con documentación. Eso no es un capricho burocrático: es requisito para cerrar con seguridad registral.

Valor de referencia y precio declarado

Declarar un precio en escritura distinto del pagado es delito de simulación fiscal. El valor de referencia del Catastro puede influir en la base imponible mínima de impuestos aunque pactéis otro precio. Consulta valor de referencia del Catastro.

Qué medios de pago son habituales

  • Transferencia bancaria antes o el día de firma.
  • Cheque bancario nominativo en notaría.
  • Compensación con cancelación de hipoteca y entrega del remanente al vendedor.

Donaciones previas al comprador

Si parte del precio proviene de donación familiar reciente, documenta origen y declaraciones correspondientes. Hacienda puede cruzar datos años después.

Pago fraccionado del precio

Entregas a cuenta deben constar en contrato con calendario y medios trazables. El efectivo en entregas parciales reproduce el mismo riesgo que en el pago final.

Operaciones con sociedad

Comprar a nombre de SL exige trazabilidad reforzada y contabilidad ordenada. Los límites de efectivo con empresarios son especialmente estrictos.

Coordinación con el banco

Si parte es hipoteca y parte ahorro, el banco exige justificar aportación propia. Planifica transferencias con antelación para que no retrase la FEIN.

Prevención de blanqueo y sanciones

Incumplir límites de efectivo puede acarrear sanciones tributarias graves. No aceptes propuestas de pagar parte en B ni por debajo de escritura.

Herencia reciente como origen de fondos

Si compras con dinero de herencia aceptada, lleva escrituras y declaraciones de ISD para justificar ante notaría y banco.

Cheque bancario versus transferencia

El cheque bancario nominativo en notaría deja constancia clara en acta. La transferencia previa exige coordinar horarios con el vendedor para evitar escritura sin fondos disponibles.

Comprador no residente

Traer fondos desde otro país requiere cumplir normativa de cambio y justificar origen en banco español. Planifica semanas adicionales respecto a un comprador residente.

Señal en operaciones internacionales

Reservas en divisas extranjeras deben convertirse con tipo documentado y transferencia trazable. Evita entregar efectivo en mano en visitas comerciales.

Auditoría posterior

Hacienda puede revisar coherencia entre precio de mercado, valor de referencia y medios de pago años después. Mantén extractos bancarios ordenados.

Registro y medios de pago

El registrador inscribe cuando impuestos están liquidados con medios admitidos. Intentar inscribir operación con pago opaco retrasa llaves y puede levantar alertas de cumplimiento.

Preguntas frecuentes en notaría

El notario puede rechazar operaciones con estructura de pago opaca. Conviene enviar origen de fondos con antelación si procede de venta previa, ahorro o herencia documentada.

Si tienes dudas sobre un pago concreto, consulta criterios actuales en la sede de la AEAT antes de entregar arras.

Si tienes dudas sobre un pago concreto, consulta criterios actuales en la sede de la AEAT antes de entregar arras.

Siguiente paso

Planifica tesorería con semanas de margen: transferencias internacionales o grandes movimientos pueden requerir justificantes. Si compras con PSI, alinea calendario de fondos con fecha de arras.

Servicio de personal shopper inmobiliario (PSI).

Contenido orientativo. Contrastad Ley 7/2012, Ley 11/2021 y criterios de la AEAT sobre medios de pago.