Questions fréquentes

¿Qué es un testamento abierto y cuánto cuesta?

¿Qué es un testamento abierto y cuánto cuesta?

Un testamento abierto es el documento notarial mediante el cual una persona expresa su última voluntad en presencia del notario, quien redacta el texto y lo conserva en su protocolo. Su coste depende de la extensión del documento y suele oscilar entre 38 y 80 euros según el arancel notarial vigente en España.

¿En qué consiste exactamente un testamento abierto?

El testamento abierto es la modalidad de última voluntad más habitual en el derecho civil español. Su característica principal radica en que el testador manifiesta de forma clara sus deseos respecto al reparto de sus bienes ante un notario público. A diferencia de otras modalidades, el notario conoce el contenido exacto del documento y asesora legalmente al otorgante para garantizar que todas las cláusulas cumplan con la legislación vigente.

Una vez firmado, el notario redacta la escritura pública y procede a inscribir la existencia del acto en el Registro General de Actos de Última Voluntad. Es importante destacar que no se envía el contenido íntegro del testamento al registro, sino únicamente el dato de que dicha persona ha testado en una fecha y notaría concretas. La privacidad del contenido se mantiene resguardada hasta el fallecimiento del testador, momento en el cual las personas con interés legítimo podrán solicitar una copia autorizada.

¿Cuánto cuesta hacer un testamento abierto en España?

El precio de un testamento abierto está regulado por el Estado a través del Arancel Notarial regulado en el Real Decreto 1426/1989. Esto significa que todas las notarías aplican las mismas tarifas base para este trámite habitual.

En términos generales, la tarifa de un testamento sencillo sin gran complejidad oscila entre los 38 y los 80 euros. Sin embargo, el importe final de la factura notarial varía en función de distintos factores técnicos:

  • Extensión del documento: La tarifa base cubre una cantidad determinada de folios. Si las disposiciones testamentarias son extensas o detallan un amplio inventario de bienes, se añade un importe fijado por cada folio adicional.
  • Copias autorizadas y simples: La solicitud de copias adicionales requeridas por el testador o sus representantes incrementa el coste final.
  • Desplazamiento del notario: Si el otorgante no puede acudir a la notaría por problemas de salud y requiere que el notario se desplace a su domicilio o centro hospitalario, se aplican los suplementos previstos en el arancel.
  • Impuestos aplicables: A los honorarios notariales se les debe sumar el Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente.

Ventajas de tramitar un testamento abierto ante notario

Elegir la modalidad de testamento abierto frente a opciones como el testamento cerrado o el ológrafo ofrece importantes garantías jurídicas para el testador y sus herederos:

  • Asesoramiento legal profesional: El notario comprueba que las disposiciones respeten las legítimas de los herederos forzosos, reduciendo el riesgo de futuras impugnaciones judiciales.
  • Seguridad y conservación: El documento original queda custodiado de forma permanente en el protocolo notarial, previniendo riesgos de pérdida, destrucción o falsificación.
  • Facilidad de tramitación posterior: Tras el fallecimiento, la localización del testamento resulta sencilla a través del certificado de últimas voluntades, agilizando el reparto de la herencia.
  • Eficacia probatoria: Al tratarse de un documento público, goza de presunción de veracidad y prueba la capacidad civil del testador en el momento del otorgamiento.

Requisitos para otorgar un testamento abierto

Para formalizar un testamento abierto, el procedimiento es directo y accesible. Los requisitos esenciales establecidos por la ley incluyen:

  1. Identificación oficial: Presentar el Documento Nacional de Identidad, pasaporte o tarjeta de residencia en vigor.
  2. Edad mínima: La normativa permite otorgar este testamento a partir de los 14 años, siempre que la persona disponga de capacidad para querer y entender el acto.
  3. Capacidad mental: El notario debe apreciar la plena capacidad civil del testador al momento del otorgamiento.
  4. Intervención de testigos en casos especiales: Por regla general no son necesarios los testigos. Solo intervienen cuando el testador no sabe o no puede firmar, es ciego, no sabe leer o cuando el notario lo solicite expresamente.

El testamento abierto y la herencia de inmuebles

La inclusión de bienes inmuebles en un testamento abierto permite organizar de forma precisa la adjudicación de viviendas, locales o terrenos, especificando repartos por porcentajes o mediante legados concretos. Una correcta planificación en el testamento evita situaciones de proindiviso complejo entre los herederos.

Cuando los inmuebles heredados cuentan con hipotecas pendientes o requieren reestructurar deudas para proceder al reparto de la masa hereditaria, es aconsejable acudir a intermediarios de crédito inmobiliario para negociar con las entidades financieras o buscar soluciones de financiación adaptadas a la nueva situación de los herederos.

En caso de heredar una Vivienda de Protección Oficial (VPO) ubicada en la Comunidad de Madrid, los herederos deberán verificar la normativa autonómica específica sobre los precios máximos de venta y los requisitos de acceso vigentes antes de tramitar la transmisión o venta del inmueble.

Diferencias entre testamento abierto, cerrado y ológrafo

Para comprender el valor del testamento abierto, conviene conocer sus diferencias frente a las otras modalidades principales:

Testamento abierto

Se otorga ante notario manifestando abiertamente la última voluntad. Garantiza el cumplimiento de la ley y evita errores de forma que puedan invalidar las cláusulas.

Testamento cerrado

El testador entrega al notario su voluntad en un sobre cerrado. El notario desconoce el contenido, lo que puede dar lugar a cláusulas contrarias a la norma que compliquen su aplicación futura.

Testamento ológrafo

Es redactado íntegramente de mano del testador sin presencia notarial inicial. Aunque no supone un desembolso inmediato, su posterior validación y protocolización tras el fallecimiento resulta considerablemente más costosa y compleja que realizar un testamento abierto desde el inicio.

¿Es posible modificar un testamento abierto?

El testamento es un acto personalísimo y revocable. Por tanto, el testador puede modificar su testamento abierto en cualquier momento de su vida otorgando una nueva escritura. El testamento posterior anula de forma automática al anterior en todas las disposiciones que no resulten compatibles, garantizando que siempre prevalezca el último documento firmado ante notario.