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¿Qué es el visado del contrato de compraventa de una VPO?

Sí, el visado del contrato VPO es un trámite administrativo imprescindible en la Comunidad de Madrid. Consiste en la aprobación formal otorgada por la administración pública para certificar que el contrato de compraventa cumple con los límites legalmente establecidos de precio máximo de venta y que el comprador reúne todos los requisitos de acceso exigidos.

Importancia y finalidad del visado del contrato VPO

El visado contrato VPO en la Comunidad de Madrid es un acto de control público ejercido por la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación. Su finalidad principal es garantizar que las transacciones inmobiliarias de viviendas protegidas respeten las limitaciones legales impuestas por la normativa autonómica y no se produzcan especulaciones económicas en el mercado residencial protegido.

Las Viviendas de Protección Oficial gozan de un régimen especial diseñado para facilitar el acceso a un hogar. Por este motivo, la administración autonómica debe verificar dos aspectos fundamentales antes de autorizar la transmisión del inmueble:

  • El cumplimiento del precio máximo de venta: La normativa de la Comunidad de Madrid fija un límite máximo por metro cuadrado útil para cada tipología de vivienda protegida. El vendedor no puede percibir una cantidad superior a la regulada ni exigir cobros adicionales ajenos a lo estipulado.
  • El perfil del comprador: Se comprueba que la persona adquirente no disponga de otra vivienda en propiedad dentro del territorio nacional, que sus ingresos familiares se mantengan dentro de los baremos exigidos para cada tipo de protección y que vaya a destinar la vivienda a su residencia habitual.

Requisitos para solicitar el visado en la Comunidad de Madrid

Para obtener la resolución favorable de un visado contrato VPO, es necesario presentar ante la administración madrileña la documentación que acredite la validez de la operación. La redacción del contrato privado de compraventa debe adaptarse puntualmente a las exigencias normativas para evitar rechazos o subsanaciones.

Entre los documentos habituales para iniciar el expediente destacan los siguientes:

  • Copia del contrato privado de compraventa formalizado entre las partes.
  • Fotocopia del DNI o NIE de la parte compradora y de la parte vendedora.
  • Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de los compradores para acreditar el límite de ingresos.
  • Certificado de empadronamiento actualizado.
  • Declaración responsable de no ostentar la titularidad de ninguna otra vivienda protegida o libre.
  • Nota simple del Registro de la Propiedad actualizada.
  • Cédula o resolución de calificación definitiva de la vivienda de protección oficial.

Cláusulas obligatorias en el contrato de compraventa

El contrato privado no obtendrá la aprobación administrativa si no recoge explícitamente una serie de estipulaciones que exige la legislación de la Comunidad de Madrid. Estas cláusulas garantizan los derechos de las partes y la sujeción a la ley:

  • Expresión clara de que el inmueble está sujeto a los regímenes de protección pública aplicables.
  • Compromiso formal por parte del comprador de destinar la vivienda a su domicilio habitual y permanente.
  • Desglose detallado del precio pactado, especificando el importe de la vivienda, garajes y trasteros anejos sin superar los valores máximos autorizados.
  • Mención expresa a los derechos de tanteo y retracto que la Comunidad de Madrid pueda ejercer sobre el inmueble.
  • Establecimiento de una condición suspensiva que subordine la eficacia final de la compraventa a la obtención efectiva del visado administrativo.

Procedimiento y tramitación administrativa

El procedimiento para tramitar el visado contrato VPO puede realizarse por vía telemática a través del registro electrónico de la Comunidad de Madrid o de forma presencial con cita previa en las oficinas correspondientes. Generalmente, la presentación la efectúa la parte vendedora, la gestoría encargada o el propio comprador mediante representación autorizada.

Una vez presentada la solicitud, los técnicos de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación revisan las cláusulas contractuales y los documentos aportados. El plazo de resolución administrativa puede extenderse durante varios meses. Si se detectan deficiencias formales o de cálculo en el precio, la administración requerirá una subsanación para que se modifiquen los aspectos señalados.

La obtención de la diligencia de visado es obligatoria. Sin este documento visado por la administración competente, el notario no podrá autorizar la escritura pública de compraventa ni el registrador de la propiedad procederá a la inscripción de la titularidad.

Impacto del visado en la financiación inmobiliaria

El estado de la tramitación del visado guarda un vínculo directo con la concesión del préstamo hipotecario. Las entidades bancarias solicitan la copia del contrato visado para verificar que la compraventa se ajusta al precio máximo legal de la Comunidad de Madrid, valor que determina el límite sobre el cual se calculará el porcentaje de financiación.

Para gestionar correctamente el apartado financiero de estas operaciones, nuestros intermediarios de crédito inmobiliario prestan asesoramiento especializado, analizando las alternativas de préstamos aplicables a las viviendas protegidas y coordinando los tiempos de aprobación bancaria con los plazos de tramitación del visado.

¿Qué sucede si la administración deniega el visado?

En el supuesto de que la Comunidad de Madrid emita una resolución denegatoria, el contrato privado de compraventa perderá su eficacia si se ha incluido la correspondiente cláusula suspensiva. Las causas más comunes de resolución desfavorable se deben a:

  • Establecer un precio de venta superior al límite legal por metro cuadrado útil fijado en la zona.
  • Comprobar que los ingresos de la unidad familiar compradora exceden los baremos máximos legalmente admitidos.
  • Incompatibilidad por titularidad de otra vivienda en propiedad.
  • Falta de inclusión de las cláusulas obligatorias requeridas en la normativa madrileña.

Si la denegación obedece a un error en el redactado del contrato o en el cálculo de los anejos, las partes pueden rectificar el documento y presentar una nueva solicitud. En caso de no cumplir el comprador los requisitos de acceso, el vendedor deberá resolver el acuerdo y buscar a un nuevo adquirente que reúna las condiciones exigidas por la normativa autonómica.

Recomendaciones para una tramitación fluida

Para evitar contratiempos durante la transmisión de una VPO en la Comunidad de Madrid, es aconsejable solicitar con carácter previo un certificado de precio máximo de venta ante la Consejería con competencias en materia de vivienda. De esta forma, las partes fijarán desde el inicio un importe acorde a la ley.

Asimismo, se recomienda fijar plazos amplios en el contrato de señal o arras para dar margen suficiente a la revisión administrativa, garantizando una operación segura para ambas partes.